top of page
Buscar

LA JUSTICIA DECLARA REMUNERATIVO LOS VIATICOS DE LOS VIGILADORES

Foto del escritor: sindicatoseguridadsindicatoseguridad

La justicia en el expediente “MEDINA C/ PROSEGUR , con fecha 19 de febrero del 2019, dictó sentencia haciendo lugar al reclamo del vigilador, de considerar a los viáticos establecidos en el convenio 507/07, como una suma remunerativa y que debe la empresa tomar los mismos para el calculo de HORAS EXTRAS, AGUINALDO, VACACIONES LICENCIA POR ENFERMEDAD, PREAVISO E INDEMNIZACIONES POR DESPIDO.-

El Juzgado de Trabajo N 53, para fundar tal conclusión sostuvo: “……….que el salario constituye un “beneficio” una “ventaja” que recibe el trabajador en virtud de la prestación que cumple y que, en consecuencia, desde el punto de vista jurídico consiste en la “ventaja patrimonial que se recibe como contraprestación del trabajo subordinado. En tal contexto fáctico resulta claro que los aumentos otorgados en el marco del CCT 507/07, aunque denominados o calificados como no remunerativos, representan una evidente ganancia o ventaja patrimonial…..”

No hay duda, que en el caso de los vigiladores, la suma que se percibe por viático, no va dirigido a gastos de viajes, sino que forma parte de su sueldo, y que debe ser considerado como tal, para la liquidación de horas extras, vacaciones entre otros rubros.-


383 visualizaciones0 comentarios

Comments


  • Facebook
  • Instagram
  • YouTube

©2019 by Sindicato De Seguridad De La Republica Argentina. Proudly created with Wix.com

bottom of page