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SE PRORROGO LA PROHIBICION DE DESPIDOS Y LA DOBLE INDEMNIZACION

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SE PRORROGO LA PROHIBICION DE DESPIDOS Y LA DOBLE INDEMNIZACION

El DNU se publicó hoy en el Boletín Oficial Decreto 39/2021. El artículo “antidespidos” se extendió por 90 días, y la doble indemnización por un año. A los efectos de establecer el cálculo de la indemnización definitiva, en los términos del artículo 5° del presente decreto, el monto correspondiente a la duplicación no podrá exceder, en ningún caso, la suma de $500.000.

A su vez, el decreto ratifica a la Covid-19 como enfermedad profesional -no listada- “en los términos del apartado 2 inciso b) del artículo 6º de la Ley Nº 24.557, respecto de la totalidad de las y los trabajadores dependientes incluidos en el ámbito de aplicación personal de la Ley N° 24.557 de Riesgos del Trabajo y que hayan prestado efectivamente tareas en sus lugares habituales, fuera de su domicilio particular”.


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